A Estudio Campanar, desde el Colegio Territorial de Arquitectos de Valencia se nos ha enviado el siguiente comunicado : Acuerdo Tasa de Visado de Certificados Energéticos
La Junta de Gobierno del Colegio Territorial de Arquitectos de Valencia, en sesión celebrada el día ___________, acordó establecer como Tasa de Visado de los Certificados Energéticos de edificios la cantidad de_____ € + IVA.
No queremos entrar a valorar la cantidad estipulada. Queremos informar al resto de profesionales implicados de que esta “imposición” va a llegar paulatinamente desde los respectivos colegios profesionales (los colegios de los “técnicos competentes”).
Es curioso comprobar, que mientras los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma están a la espera de sacar un Decreto que regule el proceso de certificación, ya desde un colegio profesional determinado, se dé por hecho que el certificado energético deba ser obligatoriamente visado.
Partamos de la base como profesionales, de que nuestros trabajos deben, por nuestros intereses, estar visados. Pues bien, el certificado de eficiencia energética no debe ser una excepción, aunque no existe aún un Decreto autonómico que lo obligue.
Teniendo en cuenta esta tasa, habrá que contemplarla en “nuestros presupuestos” de certificados. Ahí no acaba todo; Desde nuestros Colegios profesionales, se nos asegura que nuestra Comunidad Autónoma (Valencia), a través del órgano competente AVEN (Agencia Valenciana de la Energía) va a cobrar una tasa determinada tan sólo por realizar el registro telemático del certificado.
Importante señalar que se trata sólo de registrar, puesto que aunque existen entidades de control para cotejar un determinado “trabajo” (calificación emitida por “técnico competente”), no existe de momento un proceso de “validación” o algo parecido que pueda otorgar a la certificación obtenida un carácter oficial, válida por ejemplar para formalizar una escritura de compraventa.
Aunque existen entidades “fantasma” que pretenden ser acreditadoras de los certificados, asociaciones varias, empresas que ofrecen titulaciones ficticias, etc. en internet, nuestros certificados, por nuestro bien, por nuestra deontología profesional, por nuestra seguridad y en definitiva por nuestra responsabilidad civil, será conveniente (aunque desagrade a nuestro bolsillo), que sean firmados digitalmente y además que sean visados.
Nuestra opinión
El asunto es más serio de lo que parece y a más de uno se le va a volver a plantear la cuestión de cuánto vale su trabajo de certificación teniendo en cuenta el parámetro más importante; la responsabilidad.
Ya no se trata de cuánto nos cuesta hacer una certificación, de cuánto de lejos está el inmueble a certificar, de si dispone de planos o no, de su antigüedad, de sus m2 o de su tipología, etc. La responsabilidad principal está en saber hacer bien el certificado, de darle la mayor “oficialidad” posible y sobretodo en establecer correctamente el famoso documento de recomendaciones. Casi todo el grueso de técnicos podemos “meter datos” en un programa y hacerlo medianamente bien si somos serios,…pero en nuestra opinión el “alma mater” del certificado está en saber valorar y cuantificar económicamente las medidas de mejora propuestas para mejorar la calificación energética con datos actualizados energéticos (precios, tasas de retorno, periodos de amortización, etc.)
Nuestra proposición
Emitir un certificado coherente y “validable”, a nuestro parecer es una cosa mucho más seria de lo que aparenta ser. Y aún lo será más. Démosle el valor que merece comenzando por emitir nuestros presupuestos de aquí en adelante, de una forma digna, competente y responsable